En 1992, Freud anticipó que existen alternativas que, aunque artificiales, posee el hombre para refugiarse en un mundo menos peligroso y hostil. Pero a la vez, alertó acerca de la contracara negativa de esa salida: la adicción. El hombre no consume sustancias para experimentar placer, sino para escapar de lo que le causa malestar.
Hoy las personas consumidoras de ciertas sustancias psicoactivas son víctimas del sistema de representaciones dominante y habitualmente se las relaciona con el delito y la pobreza. En ese sentido, no sorprende que el abordaje para el tratamiento de ellas sea la internación prolongada, el encierro y muchas veces la aplicación de métodos de castigo sin fundamentación científica alguna. Una experiencia, relatada por Alberto Trimboli con sustento teórico y práctico, rompe con el mito de que los hospitales generales no están en condiciones de atender a pacientes usuarios de drogas.
Los profesionales de la salud mental deben aceptar que se ha descuidado y dejado fuera del ámbito de discusión de la bioética a una de las problemáticas más representativas y dramáticas de esta época: el consumo de sustancias psicoactivas y su relación con la legislación vigente. Trimboli explica: "La ley es categórica. Todos los hombres son iguales ante ella. La ley no reconoce la diversidad, lo individual y la singularidad de cada historia. En todos los casos toma a los consumidores de sustancias como delincuentes que lo que tienen en común es que son poseedores de estupefacientes-muerteque amenazan a la sociedad-vida".
Y es determinante cuando afirma: "La problemática vinculada a las drogas tiene componentes que la convierten en un fenómeno complejo que merece una discusión sería. Penalizar el dolor no parece ser la solución. La toxicomanía no es más que el resultado que la sociedad misma hizo de la naturaleza".
Difícilmente un psicólogo, un psiquiatra u otro profesional de la salud mental se plantee si es correcto o ético tomar en tratamiento a un sujeto cuyo único motivo para concurrir a una entrevista es una orden de un juez. ¿Los profesionales de la salud mental tenemos la obligación de someter a una persona a la violencia de un tratamiento que no pide? ¿Tiene derecho o no un sujeto a decidir qué hacer con su vida (y su dolor)? ¿Es legítimo quitarle a una persona la posibilidad de escapar de un estado que no soporta y le causa angustia? ¿O esa angustia solo es tratable mediante una sustancia legal?
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